Ampliación plazo solicitud devolución IVA no establecidos

octubre 4th, 2010

consejo general administrativos

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN DEL IVA A SUJETOS PASIVOS NO ESTABLECIDOS EN EL ESTADO MIEMBRO DE DEVOLUCIÓN.

El plazo para presentación de las solicitudes de devolución del IVA a sujetos pasivos no establecidos en el Estado miembro de devolución, pero establecidos en otro Estado miembro, actualmente establecido hasta el 30 de septiembre de 2010, para las solicitudes referidas al ejercicio de 2009, será previsiblemente ampliado hasta el 31 de marzo de 2011.

Esta modificación es consecuencia de los trabajos del Consejo de las Comunidades Europeas que tiene previsto la aprobación, a mediados de octubre de 2010, de una modificación de la Directiva 2008/9/CE, de 12 de febrero, en la que se recoge dicha medida, que entraría en vigor con carácter retroactivo.

La modificación de la Directiva se estima que se aprobará el próximo día 11 de octubre. Su contenido se trasladará a nuestro ordenamiento interno, inicialmente, mediante Resolución de la DGT para, posteriormente, introducir las correspondientes modificaciones en el Reglamento del IVA.

El plazo para la presentación de las solicitudes a que se refiere la Directiva 86/560/CE, de 17 de noviembre de 1986, aplicable a los sujetos pasivos establecidos en países terceros no se modifica, por lo que sigue siendo el 30 de septiembre de 2010 para las solicitudes relativas al ejercicio 2009.

Por último, se informa que las solicitudes de devolución correspondientes al IVA soportado en otros Estados miembros por empresarios o profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla deben presentarse a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.